El pasado 10 de octubre de 2024 entró en vigor el Real Decreto 1026/2024, que desarrolla las medidas para garantizar la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en el ámbito laboral, siguiendo lo establecido en la Ley 4/2023. Este decreto introduce una serie de obligaciones para las empresas, especialmente aquellas con más de 50 empleados. A continuación, te explicamos en detalle los puntos más importantes para cumplir con esta nueva normativa.
Ámbito de Aplicación: ¿A quién afecta el Real Decreto?
Este Real Decreto es obligatorio para todas las empresas con 51 o más empleados. Estas empresas deben implementar un conjunto de medidas planificadas que garanticen la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI y establecer un protocolo para prevenir y actuar frente al acoso o la violencia contra este colectivo.
Para empresas con 50 empleados o menos, la implementación de estas medidas es voluntaria.
Además, esta normativa afecta a todos los trabajadores cedidos por ETTs, y cubre a cualquier persona que trabaje en la empresa, independientemente del tipo de contrato o vínculo laboral.
Proceso de Negociación: Pasos y Plazos
Las empresas tienen un plazo de 3 meses desde el 10 de octubre de 2024 para iniciar la negociación de estas medidas. El proceso varía según la situación de la empresa:
- Si hay convenio colectivo, las medidas deben negociarse dentro de ese marco.
- Si no hay convenio colectivo pero sí RLT (Representación Legal de los Trabajadores), las medidas se negociarán con la RLT.
- Si no hay ni convenio ni RLT, se deberán negociar comisiones con los sindicatos representativos del sector, y se cuenta con 6 meses para constituir la comisión negociadora.
En caso de que no se llegue a un acuerdo en 3 meses, se aplicarán las medidas estándar establecidas en el Anexo I del Real Decreto.
Contenido de las Medidas: ¿Qué debe incluir el plan de igualdad?
Los convenios colectivos o acuerdos de empresa deben incluir al menos las siguientes medidas:
- Igualdad de trato y no discriminación.
- Acceso al empleo.
- Clasificación y promoción profesional.
- Formación, sensibilización y uso de lenguaje inclusivo.
- Entornos laborales diversos y seguros.
- Beneficios sociales y permisos.
- Régimen disciplinario específico.
Estas medidas tendrán la vigencia pactada en el convenio o acuerdo de empresa, y se pueden establecer plazos de evaluación para comprobar su cumplimiento.
Protocolo Frente al Acoso: Obligatorio para todas las empresas
El Real Decreto también establece la obligatoriedad de contar con un protocolo para prevenir y actuar contra el acoso o la violencia hacia las personas LGTBI. Si tu empresa ya tiene un protocolo general, será suficiente con adaptarlo para incluir medidas específicas para este colectivo.
Este protocolo no solo debe aplicarse a los empleados, sino también a proveedores, clientes y candidatos que interactúen con la empresa.
Cómputo de la Plantilla: ¿Cómo saber si estás obligado?
Para determinar si tu empresa debe implementar estas medidas, es importante calcular el número de trabajadores:
- El cálculo se realiza cuando se constituye la comisión negociadora, y dos veces al año: el último día de junio y el último día de diciembre.
- Se cuenta a todos los empleados, independientemente del tipo de contrato o jornada laboral.
- Contratos a tiempo parcial: Cada empleado a tiempo parcial cuenta como uno.
- Contratos de duración determinada: También se incluyen, computando cada 100 días trabajados como un trabajador más.
Negociación de Medidas: ¿Qué pasa si no se llega a un acuerdo?
Si no se llega a un acuerdo en un plazo de 3 meses, se aplicarán las medidas planificadas que figuran en el Anexo I del Real Decreto, de manera provisional. Estas medidas estarán vigentes hasta que se alcancen nuevos acuerdos o se implemente un convenio colectivo con medidas específicas.
Multas y Sanciones por Incumplimiento
El incumplimiento de las obligaciones recogidas en el Real Decreto puede ser considerado como una infracción grave, sancionable con multas que van desde 751 hasta 7.500 euros.
Se considera que el protocolo está cumplido si la empresa cuenta con un protocolo general frente al acoso y la violencia, siempre que incluya medidas específicas para las personas LGTBI.
Conclusión
El Real Decreto 1026/2024 es un paso importante para garantizar la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en el entorno laboral. Si tu empresa tiene más de 50 empleados, es crucial empezar a trabajar en la implementación de estas medidas lo antes posible.
Este nuevo marco legal no solo es obligatorio, sino también una excelente oportunidad para promover un ambiente laboral diverso e inclusivo. Si tienes dudas o necesitas asesoría para implementar las medidas, es recomendable que contactes con profesionales expertos para asegurar el cumplimiento de la normativa.
Mantente informado y asegura que tu empresa esté preparada para cumplir con estas nuevas normativas, fomentando un entorno laboral seguro, diverso y respetuoso para todos.